Si usted o alguien de su vecindario ha sido víctima de violencia, puede llamar a la policía al 112; sin embargo, en tales casos, está obligado a contactar a las autoridades de protección infantil.

 

Algunos consejos útiles en caso de que el niño hable de violencia:

 

¿Qué tengo que hacer?

    • Cree en el niño
  • Asegúrese de que el niño esté seguro.
  • Comuníquese con las autoridades de protección infantil

 

Muy importante

    • Para que el niño sintiera que había hecho lo correcto, le habló de violencia.
  • Explícale al niño que no es culpable de violencia.
  • Por favor, что ваш ответ продажить большое инфлекция на будущее: то, как ребёнков програмится с конкументами насилия.

 

Ваша областьность — сообщить

 

Si sabe o simplemente sospecha que el niño está siendo maltratado, usted es obligado a contacto con los órganos de protección de los niños.

 

Artículo de Nizhe privedena de la sección IV, «Notificación y otras obligaciones ante los órganos de protección de los niños», Ley de protección de los niños n.º 80/2002.

 

artículo 16

  1. Ваш общественный долг — сообщить.

[Toda persona está obligada a notificar a las autoridades de protección infantil si existen motivos para que el niño:

a. vive en condiciones inaceptables para la educación,

b. продажается насилию или иному уничижающему идніждено образнию, или

b. Se encuentra en una situación que amenaza su salud y su desarrollo.

Además, toda persona está obligada a notificar a las autoridades de protección infantil si hay motivos para creer que la salud o la vida del niño por nacer está en peligro debido a un estilo de vida inaceptable o peligroso de la futura madre, por ejemplo, si abusa del alcohol o las drogas, o si hay motivos para creer que la futura madre está siendo maltratada, y también a notificar cualquier incidente que se considere dentro del ámbito de consideración de las autoridades de protección infantil.] 1) 1) Ley n.º 80/2011, artículo 7.

 

artículo 17

  1. Обязанность notificaciones со стороны лиц, работающих с детими.

[Toda persona que, como consecuencia de su profesión o cargo, se preocupe por cuestiones relacionadas con niños o futuras madres, deberá notificarlo a las autoridades de protección infantil si tiene conocimiento de alguna de las circunstancias descritas en el artículo 16.] 1)

Los directores y maestros de instituciones preescolares, educadores, directores de escuela, maestros, clérigos, médicos, dentistas, parteras, enfermeras, psicólogos, trabajadores sociales, terapeutas del desarrollo, [consultores de carrera] 1) y personas dedicadas a brindar servicios o consultas sociales tienen la obligación especial de monitorear el comportamiento, la crianza y las condiciones de vida de los niños en la mayor medida posible, así como de notificar a las autoridades de protección infantil si las circunstancias de la vida del niño corresponden a las especificadas en el primer párrafo.

La notificación de confidencialidad, artículo predvesennaya, tiene fuerza preferente sobre las disposiciones de las leyes o códigos de conducta ética en relación con la confidencialidad para las profesiones pertinentes. 1) Ley n.º 80/2011, artículo 8.