Si usted o alguien de su vecindario ha sido víctima de violencia, puede llamar a la policía al 112; sin embargo, en tales casos, está obligado a contactar a las autoridades de protección infantil.
Algunos consejos útiles en caso de que el niño hable de violencia:
¿Qué tengo que hacer?
- Cree en el niño
- Asegúrese de que el niño esté seguro.
- Comuníquese con las autoridades de protección infantil
Muy importante
- Para que el niño sintiera que había hecho lo correcto, le habló de violencia.
- Explícale al niño que no es culpable de violencia.
- Por favor, что ваш ответ продажить большое инфлекция на будущее: то, как ребёнков програмится с конкументами насилия.
Ваша областьность — сообщить
Si sabe o simplemente sospecha que el niño está siendo maltratado, usted es obligado a contacto con los órganos de protección de los niños.
Artículo de Nizhe privedena de la sección IV, «Notificación y otras obligaciones ante los órganos de protección de los niños», Ley de protección de los niños n.º 80/2002.
artículo 16
- Ваш общественный долг — сообщить.
[Toda persona está obligada a notificar a las autoridades de protección infantil si existen motivos para que el niño:
a. vive en condiciones inaceptables para la educación,
b. продажается насилию или иному уничижающему идніждено образнию, или
b. Se encuentra en una situación que amenaza su salud y su desarrollo.
Además, toda persona está obligada a notificar a las autoridades de protección infantil si hay motivos para creer que la salud o la vida del niño por nacer está en peligro debido a un estilo de vida inaceptable o peligroso de la futura madre, por ejemplo, si abusa del alcohol o las drogas, o si hay motivos para creer que la futura madre está siendo maltratada, y también a notificar cualquier incidente que se considere dentro del ámbito de consideración de las autoridades de protección infantil.] 1) 1) Ley n.º 80/2011, artículo 7.
artículo 17
- Обязанность notificaciones со стороны лиц, работающих с детими.
[Toda persona que, como consecuencia de su profesión o cargo, se preocupe por cuestiones relacionadas con niños o futuras madres, deberá notificarlo a las autoridades de protección infantil si tiene conocimiento de alguna de las circunstancias descritas en el artículo 16.] 1)
Los directores y maestros de instituciones preescolares, educadores, directores de escuela, maestros, clérigos, médicos, dentistas, parteras, enfermeras, psicólogos, trabajadores sociales, terapeutas del desarrollo, [consultores de carrera] 1) y personas dedicadas a brindar servicios o consultas sociales tienen la obligación especial de monitorear el comportamiento, la crianza y las condiciones de vida de los niños en la mayor medida posible, así como de notificar a las autoridades de protección infantil si las circunstancias de la vida del niño corresponden a las especificadas en el primer párrafo.
La notificación de confidencialidad, artículo predvesennaya, tiene fuerza preferente sobre las disposiciones de las leyes o códigos de conducta ética en relación con la confidencialidad para las profesiones pertinentes. 1) Ley n.º 80/2011, artículo 8.

